Editorial

El negocio para todos

Desde hace aproximadamente dos años se menciona que la factura electrónica será la fuente de ingresos para muchos desarrolladores y para cientos de distribuidores de tecnología.

El argumento se sustentaba en las reglas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que se han redefinido y cambian la forma de hacer negocio al respecto, pues ahora los contribuyentes con ingresos acumulables, iguales o menores a cuatro millones de pesos al año tienen un periodo de transición que les permite continuar la expedición de comprobantes fiscales impresos, los cuales contendrán un elemento de seguridad adicional, que será proporcionado sin costo por el SAT.

Por otra parte, la factura electrónica es obligatoria para los contribuyentes con ingresos superiores a cuatro millones de pesos y éstos sólo podrán emitir comprobantes impresos con un código de barras en operaciones cuyos montos no superen los 2,000 pesos, según el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010.

De igual manera, quienes emitieron Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) durante 2010 podrán continuar generando y emitiendo directamente este tipo de comprobantes, sin necesidad de remitirlos a un Proveedor de Certificación para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.

Sin duda, lo anterior invalida muchos de los conceptos que se han vertido en diversos foros, en el sentido de que será la oportunidad para muchos distribuidores, pues ahora se presentan dos esquemas que sólo los más preparados, que cuenten con mayor conocimiento, experiencia e infraestructura al respecto aprovecharán.

Un primer escenario indica el uso del nuevo formato de comprobantes propuesto por el SAT, denominado CFDI, además de la contratación de los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación, con el objetivo de obtener los folios y el sello del SAT para emitir los comprobantes fiscales.

Y, finalmente, quienes opten por la factura electrónica antes de que concluya este año tienen la posibilidad de aprovechar el modelo 2010 sin necesidad de contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación.

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