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Las reglas del comercio electrónico en México

El pasado 30 de abril fue publicada en el diario oficial, por parte de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, la Norma Mexicana NMX-COE-001-SCFI-2018, la cual es en términos más sencillos, la Norma Mexicana de Comercio Electrónico, expuso Edgar Cabrera, director de distribuidores para el mercado PyME de Pegaso Tecnología.

Señaló que el objetivo de la norma es  establecer las disposiciones a las que se sujetarán todas aquellas personas físicas o morales que en forma habitual o profesional ofrezcan, comercialicen o vendan bienes, productos o servicios, mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, con la finalidad de garantizar los derechos de los consumidores que realicen transacciones a través de dichos medios. La norma procura seguir un marco legal equitativo, que facilite la realización de transacciones comerciales, otorgando certeza y seguridad jurídica a todos los involucrados.

El directivo mencionó que la Norma Mexicana de Comercio Electrónico fue elaborada con la participación de diversas Instituciones, organizaciones y empresas, y cuya observancia estará a cargo de la Secretaría de Economía (SE) y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO). Destacó que en el artículo 76 bis y 76 bis 1, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se establece una protección a los derechos de los consumidores que realicen compras en plataformas electrónicas y esta nueva norma hace referencia explícita a esta Ley, dando todo un nuevo marco normativo para el cumplimiento de diversas obligaciones que deben cumplir las empresas que venden en línea.

Aunque la Secretaría de Economía indica que para las empresas el adherirse a la norma es algo opcional, si existe una autoridad garante, en este caso la PROFECO, la cual vigilará que los comerciantes que vendan en Internet, cumplan con las reglas, por lo que es aconsejable seguirlas, para evitar caer en incumplimientos que deriven en sanciones por parte de las autoridades.

De acuerdo con Edgar Cabrera estos son los principales puntos del documento:

  1. Cuida la privacidad de los datos de los compradores.
  2. Cuida los derechos de los consumidores.
  3. Protege los derechos de poblaciones vulnerables.
  4. Acota la forma como se realiza la publicidad: evitando que se pueda dar información falsa a los consumidores, y poniendo énfasis en el cuidado, por ejemplo de mencionar cuando un producto o servicio pueda o no ser apto para poblaciones vulnerables, o puedan ser prejudiciales para el usuario o para el medio ambiente.
  5. Los comercios deberán informar acerca de las características de los productos y servicios: como las dimensiones, funcionalidades, color, calidad, o en su caso, los materiales con los que están fabricados. Además deberán indicar si se trata de un bien o producto nuevo, o en su caso, reparado, reconstruido, reacondicionado o usado y la codificación correcta para identificarlo.
  6. Los comercios deben informar siempre acerca de los medios para solicitar, garantías, devoluciones, y avisos: por ejemplo cuando un producto no puede ser devuelto por ser hecho a la medida o de forma especial, así como la forma como deben informarse todos los aspectos del producto al consumidor, o bien cómo deben realizarse reclamaciones o aclaraciones.

Para el caso de la venta de servicios por Internet, según Cabrera, la norma indica que los comercios que ofrezcan servicios, deberán mencionar en sus sitios web la descripción de los mismos, si serán subcontratados, garantías, restricciones, plazo del servicio, montos a pagar, impuestos, premios, descuentos y vigencia, en su caso, procesos de renovación de los mismos.

Añadió que la norma indica que debe existir en los sistemas en línea, un medio para que los consumidores califiquen los productos y servicios adquiridos.

Adicionalmente, la norma enfatiza la obligatoriedad de poner a disposición de los usuarios, las formas en las que pueden obtener sus comprobantes fiscales digitales, por las operaciones realizadas con los comercios en línea, por lo que este punto, como varios otros se vuelve relevante para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los comerciantes online como de los compradores.

Aunque la norma es extensa y tiene diversos temas técnicos, como toda normativa, acota de manera más precisa el comercio en línea para ordenarlo en un entorno en el que los comercios, marcas y tiendas, están haciendo esfuerzos por generar demanda para vender más a través de internet. “El comercio electrónico sigue siendo accesible para quienes quieren participar, y esta norma genera mayor certeza para los consumidores, y más tranquilidad para quienes quieran realizar compras en línea”, concluyó Edgar Cabrera.

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