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Factura Electrónica segmentará el mercado empresarial: Contpaq i

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las modificaciones a la Factura Electrónica y los mecanismos de comprobación fiscal vigentes a partir del 1 de enero de 2011.

De acuerdo con Samuel Pérez Carvajal, gerente de Marca de Factura Electrónica de Contpaq i, las nuevas disposiciones también modifican la manera de cómo los fabricantes de software deben comunicar, ofrecer, promover y presentar sus productos relacionados con el tema de Factura Electrónica.

Agregó que los fabricantes de software deben impulsar su canal de distribución proporcionando la información necesaria y capacitación para atender este mercado considerando dos escenarios.

El primero es el uso del nuevo formato de comprobantes propuesto por el SAT denominado CFDI, además de la contratación de los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación con el objetivo de obtener los folios y sello del SAT para emitir los comprobantes fiscales.

Asimismo, quienes opten por la Factura Electrónica antes de que concluya este año tienen la posibilidad de aprovechar el modelo 2010 sin necesidad de contratar los servicios de un Proveedor Autorizado de Certificación.

Pérez Carvajal informó que la marca cuenta con una oferta completa y especializada de Factura Electrónica; diseñada para adaptarse a las necesidades de cada negocio en la emisión, entrega y resguardo de CFD.

Los cambios a la ley son: los contribuyentes con ingresos acumulables, iguales o menores a 4 millones de pesos al año, el periodo de transición permite continuar la expedición de comprobantes fiscales impresos; los cuales contendrán un elemento de seguridad adicional que será proporcionado sin costo por el SAT.

La Factura Electrónica es obligatoria para los contribuyentes con ingresos superiores a los 4 millones de pesos y estos sólo podrán emitir comprobantes impresos con un código de barras en operaciones cuyos montos no superen los 2,000 pesos.

Los contribuyentes que emitieron Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) durante el 2010 podrán continuar generando y emitiendo directamente este tipo de comprobantes, sin necesidad de remitirlos a un Proveedor de Certificación para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT. Todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010.

Los contribuyentes que no usaron la CFD durante el 2010, deberán utilizar el nuevo formato de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que incluye la validación, asignación de folio y sello del SAT (timbrado) a través de un Proveedor Autorizado de Certificación conforme a lo establecido en el Artículo 29 del CFF. Sin embargo, los contribuyentes tendrán la posibilidad de seguir haciéndolo con el modelo 2010, sólo durante el primer semestre de 2011.

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