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Asiste Aspel a contribuyentes en contabilidad electrónica para evitar multas

aspelA través de un comunicado, Brian Nishizaki, director de ventas de la marca, indicó que aún hay tiempo para poner en orden los documentos requeridos y asegurarse de contar con la estructura solicitada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para evitar interpretaciones equivocadas de la información contable.

En este escenario, recordó que a partir de 2016, todos los contribuyentes están obligados a llevar su contabilidad de manera electrónica y a entregar la información contable al SAT a través de su página de Internet en los tiempos establecidos.

Según el directivo, este año corresponde a los siguientes contribuyentes preparar lo necesario para cumplir dicha obligación fiscal:

–Contribuyentes con ingresos menores a cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013

–Personas físicas que realicen actividades empresariales o presten servicios

–Profesionales con ingresos superiores a dos millones de pesos

–Personas morales y físicas del sector primario

–Personas morales con fines no lucrativos

–Personas morales y físicas inscritas al RFC en 2014, 2015 ó 2016

 

En cuanto a los documentos a enviar y las respectivas fechas de ingreso, Nishizaki, proporcionó la siguiente información:

–Catálogo de cuentas con el código agrupador establecido por el SAT: enviar a más tardar el 3 y 7 de marzo de 2016; una sola vez y siempre que sea modificado.

–Balanza de comprobación: se debe mandar a más tardar el 3 y 7 de marzo de 2016. Los envíos subsecuentes para personas morales y físicas son los primeros tres o cinco días hábiles de cada mes, respectivamente.

–Pólizas y auxiliares de cuenta y folios fiscales: dentro de los cinco días posteriores a que la autoridad las solicite. Se entregan únicamente cuando la autoridad ejerza facultades de comprobación o cuando exista una solicitud de devolución o compensación de impuestos.

 

Toda la información deberá enviarse en archivos XML, en carpetas comprimidas ZIP, a través del buzón tributario en www.sat.gob.mx, detalló el director de ventas de Aspel.

En el caso de incumplimiento con la entrega de la contabilidad electrónica, explicó el directivo, las multas van de $31,120 a $54,470, así como la clausura del establecimiento de 3 a 15 días, si se llega a reincidir. De $260 a $4,790 si el registro contable es inexacto, está incompleto o se entrega fuera de los plazos establecidos. Por último, de no ingresar la información solicitada a través de la página de Internet del SAT o si es enviada con alteraciones, el monto correspondiente es de $5,000 a $15,000.

Nishizaki resaltó que las sanciones se pueden evitar al cumplir en tiempo y en forma con dichas obligaciones, así como al adoptar una solución tecnológica como apoyo para el cumplimiento de los requerimientos de la autoridad fiscal, asegurando que la inversión aproximada sería de $300 pesos mensuales, representando un ahorro tomando en cuenta los montos de las multas por cuestiones como registros inexactos u omisiones.

“Es indispensable que se tomen las medidas para adecuar nuestros sistemas informáticos y políticas contables cuanto antes, con el fin de estar en posibilidad de cumplir esta obligación fiscal”, concluyó el director de ventas de Aspel.

 

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